Encontrarse fuera del país no exime a un ciudadano de su deber y derecho al sufragio.
Cuando un ciudadano está fuera del país y su DNI mantiene como dirección cualquier distrito del Perú (es decir que no realizó su cambio de domicilio consignando su dirección en el extranjero) mantiene su obligación al sufragio y por lo tanto se hace acreedor de la multa correspondiente en caso de no concurrir al sufragio, ya que no existen mesas de transeúntes en el extranjero.
Los ciudadanos que indican en su DNI residencia fuera del país no participan de las Elecciones Regionales y Municipales( por no figurar en el padrón de ningún distrito electoral regional, provincial o distrital) pero si de las Elecciones Generales y Referéndum.
Este 03 de octubre se llevara a cabo junto con las elecciones Regionales y Municipales el Referéndum 2010. Por lo tanto en esta elección participan todos los ciudadanos residentes fuera o dentro del territorio nacional.
El sufragio en el exterior se lleva a cabo de manera tradicional es decir en los locales de votación que se designen semanas previas al proceso electoral esto se publica en la web y la información puede solicitarla igualmente en el consulado respectivo.
Solo cuando el ciudadano se encuentra fuera del país por motivos de salud o de estudio puede tramitar una DISPENSA(Mas informacion aqui) ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entidad a cargo de otorgar las dispensas y de emitir las resoluciones de prescripción de multas.









